Fraudes en protección de datos: errores que pueden costarte sanciones y cómo evitarlos

por | 17 Jun, 2025

En el sector de la protección de datos, la desinformación y la picaresca han dado lugar a múltiples fraudes que ponen en riesgo tanto la legalidad como la reputación de las empresas. Muchas pymes creen estar cumpliendo con la ley por haber contratado un servicio barato o haber copiado textos legales de otra web, pero en realidad están expuestas a sanciones graves por parte de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Este artículo recopila las estafas más comunes en protección de datos y ofrece recomendaciones claras para evitarlas, asegurando así un cumplimiento real del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

Fraudes frecuentes en protección de datos

1. Carteles de videovigilancia sin cumplir el RGPD

Colocar únicamente un cartel amarillo no significa que estés cumpliendo con la normativa. La videovigilancia está sujeta al RGPD y requiere:

  • Un análisis de legitimidad del tratamiento de imágenes.
  • Registro de actividades de tratamiento.
  • Información clara y accesible para los interesados.
  • Contrato con el encargado del tratamiento si las cámaras son gestionadas por un tercero.

Si no puedes demostrar documentalmente que cumples la normativa, las imágenes podrían ser consideradas inválidas y podrías ser sancionado.

2. Textos legales copiados para la web

Muchas empresas creen que copiar y pegar una política de privacidad o un aviso legal desde otra web es suficiente. Esto no solo es un error, sino un riesgo:

  • Los textos deben estar adaptados a la actividad específica de tu empresa.
  • Deben reflejar cómo tratas los datos, qué finalidades tienes, qué base legal aplicas y a quién comunicas los datos.
  • Copiar textos puede llevarte a incumplir aspectos esenciales del RGPD como el principio de transparencia.

Además, es muy habitual que empresas desarrolladoras de páginas web incluyan como valor añadido la redacción de estos textos legales, sin ser especialistas en protección de datos. En muchos casos, utilizan plantillas genéricas o textos copiados de otros clientes, simplemente cambiando el nombre de la empresa. Aunque esto pueda parecer un ahorro, en realidad deja a la empresa completamente expuesta ante una inspección o reclamación.

No basta con tener un aviso legal en la web: ese contenido debe ser fruto de un análisis previo sobre el tratamiento real de datos que realiza la empresa, y debe estar redactado por profesionales especializados en cumplimiento normativo.

3. Cursos bonificables como gancho comercial

Algunas “consultoras” ofrecen servicios de protección de datos a cambio de que el cliente contrate un curso bonificable, diciendo que “te saldrá gratis” o “solo pagas el curso”. Esta práctica suele esconder:

  • Formación de dudosa calidad.
  • Fraude a la Seguridad Social o a Fundae.
  • Ausencia total de un servicio técnico y jurídico real.

El fraude en cursos bonificables ha sido objeto de múltiples investigaciones por parte de la Inspección de Trabajo y Fundae. Algunas empresas abusan del sistema de bonificaciones para ofrecer cursos que en realidad no cumplen con los requisitos mínimos de calidad ni tienen relación con la actividad real de la empresa. Además, en ocasiones se camufla el coste del servicio de protección de datos dentro del curso, lo que constituye una práctica ilegal y sancionable.

Los cursos bonificables deben estar debidamente justificados, registrados en Fundae, impartidos por centros de formación acreditados y alineados con las necesidades reales del puesto de trabajo. Utilizarlos como moneda de cambio o para financiar otros servicios es una manipulación del sistema de formación profesional.

Ten siempre presente que la normativa no obliga a realizar ningún curso para cumplir el RGPD, y mucho menos a contratar un servicio camuflado como formación. Cuando un proveedor te esté ofreciendo esta opción como una gran ventaja para tu empresa, es una red flag.

4. El falso “certificado de cumplimiento” del RGPD

Una de las estafas más comunes es vender un supuesto “certificado de cumplimiento RGPD” como si fuera un documento oficial o de obligado cumplimiento. Es fundamental aclarar lo siguiente:

Certificado falso de cumplimiento RGPD ofrecido como oficial

  • No existe ningún certificado oficial de cumplimiento emitido por la AEPD o cualquier otro organismo público.
  • Las consultoras pueden, si lo desean, emitir un certificado privado para dejar constancia del trabajo realizado (como por ejemplo, de una formación impartida al equipo profesional), pero nunca debe parecer que dicho certificado tiene validez legal o constituye una acreditación oficial.
  • Estos documentos pueden tener un valor interno o ser utilizados como parte de una auditoría privada, pero no deben usarse como reclamo comercial, ni mucho menos presentarse como una certificación obligatoria o respaldada por la administración.
  • En algunos casos, los certificados pueden ser emitidos para empleados o equipos como reconocimiento de buenas prácticas internas, pero nunca pueden comercializarse como si se tratase de una auditoría certificadora oficial.
  • Utilizar expresiones como “certificado conforme a la ley” o “título acreditativo obligatorio” para vender estos servicios puede inducir a error y está considerado como una práctica comercial desleal.
  • El problema no es el certificado en sí, sino el uso que se le da: puede formar parte de la documentación que una consultora entrega al cliente para evidenciar el trabajo realizado, siempre y cuando se presente con transparencia. Si se ofrece como reclamo publicitario, como un título con validez oficial o como exigencia legal, se está incurriendo en fraude.

Si alguien te ofrece un “certificado de cumplimiento RGPD” como punto diferencial de su servicio, desconfía.

5. Llamadas falsas sobre listas negras

Otra práctica fraudulenta es recibir llamadas donde te alertan de que “tu empresa está incluida en una lista de incumplimiento” y que “debes hacer un curso urgentemente para evitar una sanción”. Esta técnica de miedo busca presionarte para que compres un servicio innecesario.

  • No existe ninguna lista pública de empresas incumplidoras.
  • Ningún organismo oficial llama a empresas para amenazarlas con sanciones.

Si te ocurre, pide identificación por escrito y denuncia el caso.

6. Solicitud de tu base de datos para tramitar contratos

Ninguna empresa de protección de datos necesita que le envíes tu base de clientes o proveedores para formalizar su servicio. Sí que podrían necesitar conocer la cantidad de clientes o proveedores que tienes para realizar un presupuesto (por ejemplo, 2.000 clientes y 20 proveedores), pero jamás deberían pedirte la base de datos completa. Si te lo solicitan, es un:

  • Compartir datos sin base legal puede acarrearte sanciones.
  • Estás vulnerando derechos fundamentales de terceros.

La protección de datos se basa en la minimización y confidencialidad del tratamiento. Si alguien te pide esa información, te están engañando.

7. Ley 15/1999: documentación desactualizada

La Ley Orgánica 15/1999 fue derogada en diciembre de 2018 y sustituida por la Ley Orgánica 3/2018 y el Reglamento Europeo de Protección de Datos. Si tu documentación o textos legales siguen mencionando la Ley 15/1999, estás claramente desactualizado y probablemente incumpliendo.

Solicita una auditoría y actualización inmediata para evitar sanciones innecesarias.

Cómo protegerse de los fraudes en protección de datos

  1. Contrata siempre empresas especializadas y con experiencia acreditada.
  2. Exige que todo el trabajo esté documentado: registro de actividades, cláusulas, contratos con encargados, evaluaciones de impacto si son necesarias, etc.
  3. Consulta con un profesional si tienes dudas antes de aceptar una oferta que parece demasiado buena para ser verdad.
  4. Recuerda: en protección de datos, lo barato puede salir muy caro.

Si necesitas una auditoría profesional para saber si tu empresa cumple realmente con el RGPD y evitar sanciones o malas prácticas, en Edorteam te ofrecemos una revisión inicial gratuita y sin compromiso.

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